Compartimos padrón definitivo de estudiantes
Recordamos que el Reglamento Orgánico en su artículo 12 inc j establece que
“El sufragio será secreto y obligatorio. Se considerará falta grave la omisión o defecto en la emisión del voto. Los electores que incurran en la omisión del voto serán pasibles de las siguientes sanciones:
(…) Los estudiantes: no podrán rendir examen en el turno siguiente a la fecha de elección. (en este caso en el primer llamado del turno noviembre diciembre 2023)”
Para votar deben presentarse con DNI o libreta de estudiante del instituto.
Compartimos algunas “Preguntas frecuentes” que pueden aclarar algunas dudas.
Recordamos el correo de Junta electoral: juntaelectoral@iesoc.edu.ar